Un hombre llamado Stalin C.F.B. ha sido condenado como autor de un
delito de maltrato doméstico a la pena de 60 días de trabajos en
beneficio de la comunidad, privación del derecho de tenencia y porte de
armas durante tres años y medio y prohibición de acercarse a AL.S.P. y
su hijo menor a una distancia inferior a 200 metros durante dos años.
Asimismo, el condenado deberá indemnizar a la mujer con 75 euros.
El magistrado del Juzgado de lo Penal número tres de Santander ha
tenido en cuenta en su fallo la agravante de reincidencia, puesto que
el acusado ya había sido condenado por un delito de maltrato en el año
2004, y la atenuante de reparación del daño.
Stalin C.F.B. y
AL.S.P., su ex compañera sentimental, habían quedado en encontrarse
sobre las 19 horas del 23 de febrero de 2006 en Castro Urdiales, para
que él pudiese ver al hijo que tienen en común.
Al llegar al
lugar, ella se percató de que Stalin C.F.B. se encontraba en estado de
embriaguez y por ello salió corriendo del lugar. Sin embargo, él la
persiguió hasta el paseo de la playa, la alcanzó e intentó arrojarla
desde un pequeño puente, golpeándola, tirándole del pelo y mordiéndole
en un labio, mientras ella trataba de proteger al niño, a quien llevaba
en los brazos.
Finalmente, la mujer pudo huir del lugar y
refugiarse en un bar cercano. Como consecuencia de la agresión sufrió
laceración en el labio inferior.
El acusado ya había sido
condenado anteriormente por el Juzgado de lo Penal número dos de
Santander, el 21 de diciembre de 2004, a la pena de cinco meses y 10
días de prisión por maltrato doméstico.
Extraído de: hispanidad.com