
Por otro lado, cuestionaban que dicho proyecto no tuviera en cuenta «los graves efectos perniciosos que la construcción del puerto iba a tener en el ya de por sí caótico y sobresaturado tráfico urbano de Castro y, sobre todo, de su casco urbano».
Ahora, el TSJC señala, por un lado, que no era necesaria la elaboración previa de un Plan Especial. Asimismo, asegura que las obras consisten, esencialmente, en la ampliación del puerto ganando terrenos al mar dentro de su perímetro, y además, obra en el expediente un informe del Ayuntamiento de Castro «del que se evidencia su compatibilidad con el planeamiento urbanístico».
Por otro lado, el TSJC considera que no hay un impacto ecológico perjudicial para la población y su patrimonio medioambiental, ya que la obra «es positiva y los impactos negativos pueden ser reducidos a niveles razonables». Respecto a la necesidad de la obra, la sentencia recoge que las actuaciones proyectadas «dan respuesta a la carencia de aparcamiento y a las demandas de los usuarios».
Plazas de aparcamiento
Sobre la falta de viabilidad económica del proyecto, el TSJC asegura que los recurrentes «no han propuesto alguna prueba pericial para acreditar sus afirmaciones y desvirtuar los informes técnicos favorables».
Finalmente, la Sala desestima la denuncia de estos colectivos sobre los «graves efectos que la construcción va a producir en el tráfico urbano». Y para ello, apunta que el anteproyecto impugnado analiza las carencias de aparcamiento e incluye la construcción de 911 plazas en el aparcamiento subterráneo de Amestoy (499 para residentes) y 150 colindando con el Paseo Luis Ocharán Mazas. «Mas de un 40% de estas plazas están destinadas a residentes, lo que facilita la fluidez del tráfico al suprimir la búsqueda de plaza para aparcar».
Extraído de: eldiariomontanes.es