El juez del juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Castro Urdiales ha condenado a un afiliado del Partido Popular a una condena de quince días de multa por una falta contra las personas tras denuncia presentada por el presidente del partido, Agustín Fernández.
Los hechos que originaron la denuncia del presidente del Partido
Popular de Castro Urdiales se registraron el pasado día 1 de febrero en
la sede del partido. En la sentencia se recoge que ese día entraron el
el citado local una serie de afiliados ... dirigiéndose todos a la sala
de juntas. En ese momento el presidente del partido se dirigió a ellos
a fin de que abandonaran la citada sala, dado que la misma solamente
podía se ocupada en caso de reunión de la Junta. Ello originó una
discusión acerca de la legalidad de la citada decisión y en el
transcurso de la misma el ahora condenado llamó al presidente indecente
y añadió que no sabía de leyes, aún a sabiendas de la condición de
abogado del mismo, según se recoge en la sentencia.
En la denuncia de Agustín Fernández se señalaba que el condenado le
había llamado delincuente aunque en los fundamentos de la sentencia el
juez encuentra una contradicción entre la declaración del denunciado
que en todo momento reconoció que le había llamado indecente y la del
denunciante que declaró que le había llamado delincuente.
A pesar de la contradicción, el juez reconoce que es evidente que
dirigirse al presidente de la Junta Local de su propio partido,
diciéndole que era un indecente, así como decirle que no sabía aplicar
las leyes, conociendo su cualidad de abogado, constituye un menosprecio
a la dignidad del denunciante tanto en su condición de persona como en
su condición del cargo que ocupa dentro del partido político al que
pertenecen. Por ello le condena como autor de una falta contra las
personas a la pena de quince días de multa.
El juez decide en la misma sentencia absolver a otra militante del Partido Popular por llamar soso al presidente.
Extraído de: catrodigital.com