viernes. 19.04.2024

La Asociación Ciudadana OTRO CASTRO ES POSCIBLE se ha dirigido al Ayuntamiento para pedir una explicación sobre la inminente demolición de un edificio de la Calle La Ronda que está protegido por el Plan General, es decir, incluido en el Catálogo de edificios de interés arquitectónico y que no pueden demolerse. "Otro Castro" se ha dirigido así mismo, a la Consejería de Cultura y a la Comisión Regional de Urbanismo y Ordenación del Territorio para que intervengan en este expediente, de acuerdo con us competencias.

Reproducimos, dado su interés, íntegramente, el texto del comunicado:

Comunicado por el que la asociación ciudadana “Otro Castro Es Posible” denuncia el derribo de un edificio protegido por el Plan General, y sobre el que se abren algunos interrogantes.

Hace tres meses pudimos informarnos a través del periódico “Castrodigital.com” del derribo de un edificio de finales del siglo XIX, situado en calle La Ronda, nº 26. La noticia ya preocupante en sí misma, nos resultó alarmante cuando comprobamos que el citado edificio está protegido por el Plan General en el Catálogo de Protección del Patrimonio Arqueológico y Arquitectónico.
Efectivamente, el edificio en cuestión está catalogado con la ficha nº A-30, y en ella se describe la normativa que regula su protección: “En las fachadas y en la cubierta del edificio sólo podrán admitirse obras de restauración y consolidación. En el resto de los componentes del edificio sólo podrán admitirse obras de rehabilitación”.

Puestos en contacto con la inmobiliaria que promueve esta demolición y posterior construcción de viviendas, CONILSA, se nos informa de su inminente demolición.

Se dice rápido. Pero nos estamos refiriendo a un edificio de finales del XIX, que representa uno de los últimos vestigios de este tipo de edificaciones de lo que, otrora, la calle la Ronda mostraba excelentes ejemplos, entre ellos las inexplicablemente desaparecidas casas de Villota, en la Barrera, o el Teatro Argenta. En este caso, no estamos hablando de un edificio excepcional, pero si digno de conservarse tal como estableció el Plan General en su momento.

De la escasa información que hemos obtenido en el Ayuntamiento se nos comunica que la protección del citado edificio ha sido dejada sin efecto por la Comisión Regional de Urbanismo como consecuencia de una sentencia firme en la que se reconoce el derecho del propietario del inmueble a derribar y construir conforme a los volúmenes que prevalecen en las nuevas construcciones de la calle de la Ronda. También le hemos oído decir a nuestro alcalde que la protección dada por el Plan General a este edificio no tiene suficiente “rango” y que los técnicos, a requerimiento del empresario constructor han informado favorablemente para su demolición. Es decir, que en lugar de este magnífico edificio rehabilitado, dentro de poco veremos un edificio de ocho plantas de acuerdo con los actuales cánones del mercado de la construcción. Y si seguimos este camino, los ciento y pico edificios y yacimientos reunidos en el Catálogo de Protección del Plan General que creíamos estaban salvados de su demolición resulta ahora que no están suficientemente protegidos. Alguien tiene que hacer algo.

Desde el modesto papel que puede ejercer nuestra asociación, nos hemos dirigido a la Comisión Regional de Urbanismo para conocer el expediente, pues no entendemos como una sentencia (si es que efectivamente la hay), por muy firme que sea, puede poner en cuestión la potestad municipal para proteger el patrimonio arquitectónico. Nos hemos dirigido también a la Consejería de Cultura, como administración competente en la defensa del patrimonio cultural para que tome cartas en el asunto.

Y, por su puesto, nos hemos dirigido al Ayuntamiento, para que haga cuanto debe en defensa de Plan General, y evite una demolición que no esté rigurosamente justificada y agote todas las posibilidades que permitan salvar este edificio.

Es precisamente con respecto al papel desempeñado por el Ayuntamiento donde se nos abren algunos interrogantes:

Los ciudadanos tenemos derecho a saber cual ha sido la posición del Ayuntamiento con respecto a la demanda del propietario del edificio. No entendemos que esta cuestión se haya resuelto por la Comisión Regional de Urbanismo, o por los tribunales, sin que el Ayuntamiento haya participado activamente, como es su obligación, en la defensa del Plan General. ¿Ha sido el Ayuntamiento parte en el proceso en defensa del Plan General? ¿Ha conocido la sentencia en primera instancia? ¿Ha recurrido? ¿Ha habido algún tipo de acción? ¿O acaso ha habido inhibición?

Los ciudadanos tenemos derecho a estar informados correctamente. El derecho a la información está especialmente protegido en el caso de las actividades de planeamiento urbanístico, y más aún cuando se trata de la protección del patrimonio. Para ello es necesario que el expediente esté al alcance de asociaciones e interesados. En vez de información lo que hay es confusión. La documentación del Plan General todavía recoge la ficha del catálogo con el edificio protegido. En un documento reciente elaborado por el Ayuntamiento, para la Agenda Local XXI, sigue apareciendo la ficha A-30 con el edificio protegido. Por contra, el alcalde, responsable del urbanismo, nos habla de que este edificio no tenía protección suficiente, como si el Plan General fuera un espejismo, o acaso la Ley del Suelo de Cantabria no previera la capacidad de los catálogos de protección para proteger la destrucción de los edificios de interés, tal como se regula en el art. 64 de esta ley. No es cierto lo que afirma el alcalde. Este edificio tiene la protección necesaria, y queremos saber que es lo que está pasando para que este edificio obtenga la licencia para su demolición.

Es triste que nos tengamos que enterar justamente a través de las intenciones de los promotores de cómo va el urbanismo en Castro. Lo que se nos trasmite con este asunto es que detrás de la apariencia de protección sigue habiendo destrucción del patrimonio, y muy cerca de destrucción del patrimonio aparecen muy a menudo en Castro Urdiales una santa alianza: el egoísmo destructivo del promotor y la inhibición de la administración. El resultado es que al mismo tiempo que se destruye el patrimonio se multiplican los beneficios del promotor.

Mientras tanto, los ciudadanos seguimos almacenando la frustración que nos produce que nuestro patrimonio se vaya, una vez más, a la mierda.


Asociación Ciudadana “Otro Castro Es Posible”
29 de marzo de 2006

Destrucción de edificio protegido en la calle La Ronda