viernes. 29.03.2024

Según ha informado el responsable del área de Personal en el Consistorio castreño, Salvador Hierro Santurde, en conferencia de prensa, “hemos realizado una convocatoria de pruebas selectivas para la constitución, mediante oposición libre y una vez consultadas las centrales sindicales, de una bolsa de trabajo con destino al Departamento de Funcionarios Interinos de la Escuela Auxiliar de Administración General, equiparable al Grupo D o Subgrupo equivalente en cuanto a las retribuciones o emolumentos que, con arreglo a la legislación vigente, correspondan a los funcionarios pertenecientes a este Grupo”.

“La presente Bolsa de Trabajo deja sin efecto la que, hasta el momento, venía siendo utilizada para la cobertura, mediante la modalidad de contratación laboral eventual por circunstancias de la producción, de las necesidades existentes para esta categoría en el Ayuntamiento de Castro Urdiales, cuya vigencia se extendió durante dos años. El presente proceso selectivo servirá para la confección de una lista de espera o bolsa de empleo, en la que formarán parte quienes superen el proceso selectivo.

La posición, en dicha bolsa, se determinará por orden de puntuación obtenida en el proceso. La bolsa tendrá vigencia en tanto no se celebre un nuevo proceso selectivo para plaza de similares características o cuando por el tiempo transcurrido en otras circunstancias debidamente motivadas contrarias a la finalidad de su creación, la Corporación acuerde su extinción. A los funcionarios interinos nombrados les será aplicable, en cuanto sea adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera”.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas “los aspirantes deberán reunir, entre otros requisitos; tener la nacionalidad española o de cualquier otro estado de la UE, o de aquellos estados que en virtud de tratados internacionales celebrados por la UE y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, todo ello en los términos previstos en el art. 57 de la Ley 7/2007 de 12 de abril; tener cumplidos los 16 años de edad en la fecha de la convocatoria y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa; no haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquier administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades Autónomas, ni tener pendiente asunto alguno judicial”.

En cuanto a los aspirantes con minusvalía “deberán presentar certificación de organismo oficial competente que acredite tal condición, así como su capacidad para desempeñar las tareas correspondientes a las plazas objeto de la presente convocatoria. El tribunal establecerá para las personas con minusvalías, que así lo soliciten, las adaptaciones y ajustes razonables de tiempo y medios para la realización de las pruebas; a tal efecto los interesados deberán presentar la petición correspondiente con la solicitud de participación en la convocatoria”.

En cuanto a la instancia solicitando tomar parte en el proceso “se dirigirá al alcaldepresidente del Ayuntamiento de Castro Urdiales; se presentará en el Registro General en el plazo de 20 días naturales, contados al día siguiente al de publicación de estas bases en la página web municipal, en el tablón de edictos del propio Ayuntamiento y del anuncio de convocatoria que se publicará a través de los medios de comunicación locales de prensa escrita y se remitirá a la Oficina del Servicio Cántabro de Empleo en su sede de Castro Urdiales y página web del Servicio Cántabro de Empleo”.

Constitución del Tribunal Calificador para el proceso.

En cuanto al Tribunal Calificador “se constituirá de la siguiente forma; ejercerá la Presidencia el vocal, nunca el secretario, que se designe por mayoría de los miembros del Tribunal en su primera sesión, a la que deberán asistir en su totalidad; como vocales, un representante designado por el Gobierno de Cantabria ; dos funcionarios de carrera del Ayuntamiento designados por la corporación; un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional, perteneciente al Ayuntamiento o sin dicha habilitación perteneciente a otra Administración Pública, designado por la Corporación; actuará de secretario el de la Corporación o funcionario municipal en quien delegue, con voz y voto.

Los componentes del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurrieran las circunstancias previstas en el art. 28 de la ley 30/1992”. En cuanto al ejercicio de la oposición “será único; consistirá en contestar 50 pregustas tipo test y cuatro de tipo práctico y de respuesta breve basadas en los contenidos de la totalidad del programa que figura como anexo a las presentes bases. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos. El ejercicio de valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo conseguir un mínimo de 5 puntos”. Anunció también, Salvador Hierro, que “estamos trabajando en la elaboración de unas bases, que daremos a conocer.

Extraído de: elalerta.com

Convocatoria para crear una bolsa de trabajo municipal en Castro Urdiales