sábado. 20.04.2024

El Juzgado de lo penal número Tres de Santander ha absuelto a un comerciante de origen senegalés que se establecía en el mercado de Oriñón (en el municipio de Castro Urdiales) de un delito contra la propiedad industrial debido a que la calidad de la imitación era tan «pésima» que no era capaz de «confundir al consumidor».

El 27 de enero de 2008, el comerciante se encontraba en su puesto de Oriñón, en el que vendía un total de 24 prendas de vestir y que simulaban una conocida marca de lujo, con los anagramas y signos de esas marcas, pero sin la autorización de las empresas para venderlas.

«Imitación burda»

El Ministerio Fiscal reclamaba para el comerciante la pena de un año de prisión, una multa de 3.240 euros, el comiso de las prendas intervenidas y la indemnización a las empresas titulares de las marcas en un 19,80 por ciento del precio de venta al público de las ropas incautadas.

La sentencia califica la imitación como «absolutamente burda y grosera, hasta el punto de no poder inducir a confusión alguna», por lo que decide absolver al acusado al tiempo que establece que se le devuelvan las prendas que le fueron intervenidas en aquella ocasión.

Extraído de: eldiariomontanes.es

El juez absuelve a un vendedor porque la calidad de la imitación era «pésima»