El Tribunal Supremo (TS) ha revocado la sanción de cinco días de
salario impuesta a un guardia civil del cuartel de Castro Urdiales que
provocó que se pusiera en marcha un rescate marítimo al lanzar por
error unas bengalas de socorro para celebrar la fiesta de El Pilar,
pensando que eran cohetes festivos.
Civil consideró que este agente había cometido una falta grave
consistente en "llevar a cabo acciones u omisiones contrarias a la
dignidad militar" y le castigó con la pérdida de cinco días de haberes, en una resolución que fue confirmada por el Tribunal Militar Central.
hechos tuvieron lugar el lunes 13 de octubre de 2003, durante las
celebraciones que estaban realizando los guardias civiles de Castro
Urdiales para festejar a su patrona, la Virgen del Pilar.
guardia que fue sancionado sabía que la Junta Vecinal de Sámano había
regalado al cuartel unos cohetes para la fiesta de la Virgen del Pilar,
así que decidió ir al almacén para coger unos cuantos para lanzarlos.
Pero al llegar, se encontró con dos cajas: una sin inscripción y otra
rotulada como "cohetes con luz roja".
ESTELA ROJA
agente tomó un par de artefactos de cada caja y los lanzó. Eran las
23.45 horas y dos de los cohetes que encendió resultaron ser bengalas
de alerta marítima, que dejaron una estela roja en el cielo nocturno,
justo al lado de la costa de Castro Urdiales.
telefonearon a los servicios de emergencia, lo que provocó que los
Centros de Coordinación de Salvamento Marítimo de Santander y Bilbao
movilizaran a varias embarcaciones de la Guardia Civil del Mar y la
Cruz Roja.
hasta que un compañero del guardia le comentó a éste que se había
recibido una llamada telefónica de Salvamento Marítimo para avisar de
una emergencia.
DESCONOCIMIENTO
Tribunal Militar Central reconoció en su sentencia que el guardia en
cuestión ignoraba que los cohetes que lanzó eran bengalas y que
desconocía la operación de emergencia que se pone en marcha cuando se
divisan esas señales en el mar, a pesar de que llevaba ya dos años
destinado en Castro Urdiales.
también constató que la Jefatura de la Zona de la Guardia Civil en
Cantabria había dado órdenes por escrito en 2001 a todos sus puestos
que "expresamente prohibían arrojar petardos o cualquier otro artificio
pirotécnico en el interior o las inmediaciones de los acuartelamientos".
pero estima que, por su carácter imprudente, no puede ser considerada
legalmente como una ofensa a la dignidad militar, por lo que anula la
sanción.
falta de gravedad. Se trata, eso sí, de una acción a todas luces
reprochable, claramente imprudente al haberse vulnerado los deberes
objetivos de cuidado exigibles en este caso al guardia civil sancionado
al lanzar unas bengalas por equivocación en contra de la prohibición
expresa existente al respecto y, por tanto, susceptible de corrección
disciplinaria, pero por otro título de imputación distinto al
aplicado", razona el Alto Tribunal en su sentencia.
Extraído de: eldiariomontanes.es