martes. 23.04.2024

En comunicados recibidos por este períodico digital, Mª Perpetua Andueza Barrenechea, Rufino Díaz Helguera, Pedro Olano Helguera, Mª Teresa Pérez Barreda y Pascuaza San Miguel Romaña denuncian una supuesta ilegalidad cometida por el alcalde castreño, Fernando Muguruza, al no convocar el pleno correspondiente al mes de Diciembre.

A continuación se exponen la carta de denuncia y una misiva al Secretario de la Corporación Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Castro-Urdiales.


COMUNICADO DE PRENSA

Mª Perpetua Andueza Barrenechea, Rufino Díaz Helguera, Pedro Olano Helguera, Mª Teresa Pérez Barreda y Pascuaza San Miguel Romaña.

ILEGALIDAD DEL ALCALDE AL NO CONVOCAR PLENO

El Alcalde, D. Fernando Muguruza Galán, INCUMPLE LA LEY al NO proceder a CONVOCAR el PLENO correspondiente a este mes de Diciembre.

Es clara la Ley (Art. 46.2.a de la Norma de Bases sobre Régimen Local) al decir que:

“El Pleno celebra sesión ordinaria como mínimo cada mes en los Ayuntamientos de municipios de más de 20.000 habitantes…”

En línea con tal obligación legal, el Pleno de la Corporación acordó al comienzo de legislatura (1 de Julio de 2003) celebrar sesión ordinaria los primeros lunes de cada mes. Circunstancia después modificada, fijándose el primer martes para celebrar, cada mes, Pleno Ordinario, cumpliendo con la normativa aplicable sobre Régimen Local.

Al terminar el mes, el ALCALDE NO CUMPLE LA LEY AL NO CONVOCAR EL PLENO a que está obligado un municipio que pasa de 20.000 habitantes. Se pregona y presume, hasta la saciedad, de crecimiento poblacional. Para INCUMPLIR, de MANERA DESPÓTICA, las obligaciones impuestas por el número de habitantes.

Ciudadanos y ciudadanas con el derecho a participar en los asuntos públicos. PARTICIPACIÓN – un derecho fundamental amparado por la Constitución – VULNERADA POR EL ALCALDE. Un Alcalde que, no sólo conculca derechos individuales (de quienes somos componentes de la Corporación; de quienes han de tomar posesión de su cargo) sino que SE BURLA DEL PLENO, órgano máximo de representación de la ciudadanía.

No parece democrático, precisamente, que el Alcalde – en una interpretación antojadiza de sus competencias – vaya contra el Pleno el órgano que lo eligió y le ha dado el poder que en contra de aquel utiliza. Actitud caprichosa que no resulta una excepción cuando algunas Concejalías (Asuntos Sociales, Atención Ciudadana, Juntas Vecinales, Deportes) llevan hasta 15 meses sin celebrar Comisión para tratar de temas que preocupan a nuestra ciudadanía.

Ciudadanía que no puede recibir – como justificación de NO HACER PLENO, FLAGRANTE INCUMPLIMIENTO DE LEY – zafios argumentos de fechas, informes y dineros. Lo injustificable, no puede justificarse con actitudes más propias de pasados tiempos. Lo único que denota es UNA ESCASA CULTURA DEMOCRÁTICA y UNA FALTA DE RESPETO: A LAS LEYES, A LA CIUDADANÍA Y A SUS REPRESENTANTES.

Hecha pública la presente denuncia, y con esta misma fecha, procedemos a solicitar de la Secretaría Municipal el correspondiente informe jurídico sobre los hechos referidos: la obligación legal de celebrar Sesión Ordinaria este mes y el incumplimiento del Alcalde al no proceder conforme a Ley.


A D. CÉSAR SAIZ ALONSO. Secretario de la Corporación Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Castro-Urdiales

Mª Perpetua Andueza Barrenechea, Rufino Díaz Helguera, Pedro Olano Helguera, Mª Teresa Pérez Barreda y Pascuaza San Miguel Romaña, componentes de esta Corporación tiene a bien,

EXPONER:

Cómo -de forma no oficial- a través de medios de comunicación- se ha tenido conocimiento de la no convocatoria, por parte del Alcalde, del Pleno Ordinario correspondiente al mes de Diciembre.

Tal “decisión”, además de una ILEGALIDAD MANIFIESTA, constituye una ARBITRARIEDAD personal . Se arroga el Alcalde unas facultades que corresponde determinar al Pleno de la Corporación.
Como así hizo éste al establecer (el 1 de Julio de 2003) la periodicidad mensual de las Sesiones Ordinarias. Resolución que cumple con lo que la Ley (de Bases de Régimen Local y Normativa concordante de aplicación) establece. Y es por lo que

SE SOLICITA:

Informe de la Secretaria Municipal sobre los hechos de referencia y en el que se concreten, al menos, los extremos siguientes:

 Nº de habitantes que conforman el Padrón Municipal de Castro-Urdiales.
 Legislación y preceptos aplicables, en función del número de habitantes, para celebración de Sesiones por el Pleno Corporativo.
 Si, en función de lo anteriormente dispuesto, se ha cumplido la Ley por el Alcalde.


Lo que se tiene a bien solicitar, en Castro-Urdiales, a 29 de Diciembre de 2005.

En su representación,


Rufino Díaz Helguera                      Teresa Pérez Barreda

Denuncian ilegalidad al no convocar Pleno en Diciembre