Fue condenado a 18 años de prisión por matar a puñaladas a un hombre en Castro Urdiales.
La Defensa de Jefferson Escobar, un condenado a 18 años de prisión por haber matado a puñaladas a un hombre en Castro Urdiales en marzo de 2002, pidió hoy que el delito sea considerado homicidio y no asesinato con alevosía, como así fue fallado por la Audiencia Provincial en el mes de febrero en un juicio con jurado popular.
El abogado defensor Alberto Aldecoa alegó hoy en la Sala de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), que celebró esta mañana la vista de apelación a la sentencia de condena, que el crimen "se juzgó indebidamente como asesinato" puesto que la doctrina del Tribunal Supremo dice que la alevosía desaparece cuando hay "una riña previa", puesto que esta circunstancia hace que sea de esperar "un ataque".
Sin embargo, tanto la Fiscalía como la Acusación Particular coincidieron en señalar que la Defensa estaba proponiendo "una nueva valoración de la prueba" que no cabe admitir, al exigirse "un escrupuloso respeto a los hechos probados", tal y como indica "la reiteradísima jurisprudencia del Tribunal Supremo" y, en este caso, partiendo de ellos "la existencia de alevosía es totalmente congruente".
En este punto, recordaron que en la primera riña, la originada en la discoteca 'Mambo' de Castro Urdiales, Jefferson Escobar fue agredido por varias personas, pero ninguna de ellas la víctima de su ataque posterior frente a la discoteca 'Safari', sino "tres gitanos", tal y como relató el portero de la discoteca, que sostuvo que la víctima "no se metió" en la primera discusión.
HECHOS PROBADOS.
El jurado, que acordó por unanimidad todos los puntos objeto del veredicto, declaró probado que en la madrugada del 23 de marzo del año 2002, el acusado sostuvo una pelea a las puertas de la discoteca 'Mambo' con un grupo de personas, aunque consideró no probado que de este grupo formara parte la víctima, Víctor Manuel Santillana Garay.
También estimó probado que, al concluir la pelea, el acusado, junto con un amigo, se marchó a casa y cogió un cuchillo o navaja y, portándolo entre sus ropas, regresó nuevamente a la calle Ardigales, donde se encuentra la citada discoteca, así como que en el exterior de la discoteca 'Safari', próxima a la anterior, Jefferson Escobar y su amigo volvieron a encontrarse con Víctor Manuel Santillana, quien salió del interior del local, entablando una discusión con él.
En el transcurso de la misma, Jefferson sacó el cuchillo o navaja y apuñaló a la víctima en la cabeza, tronco y brazo, causándole heridas de diversa consideración y huyendo del lugar. El fallecido sufrió 14 heridas causadas con arma blanca, de unos 10 ó 12 centímetros de longitud y 2,5 de anchura, que le provocaron un shock hipovolémico posthemorrágico y una insuficiencia respiratoria aguda por hemorragia pulmonar, que le causaron la muerte sobre las 05.30 horas en el Hospital de Cruces de Bilbao, al que fue trasladado.
Por estos hechos probados a Jefferson Escobar se le impusieron 18 años de prisión, la misma pena que pedía la Fiscalía, además del pago de una indemnización de 115.760 euros a la hija del fallecido y de 8.269 euros a su madre, un fallo que tanto Fiscalía como Acusación Particular piden que se confirme, desestimando el recurso promovido por la Defensa.
Extraído de: eldiariomontanes.es