martes. 16.04.2024

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de queja presentado por Eroski Sociedad Cooperativa, tras conocer la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que declaró nula la licencia de obras de la gasolinera de Eroski, ubicada junto a la carretera de Sámano.

De este modo, el dictamen del Tribunal Superior de Justicia pasa a ser firme y, por tanto, el Ayuntamiento de Castro Urdiales deberá ejecutar la sentencia y requerir a Eroski S.C. a que proceda al cierre y el derribo de la gasolinera, que se encuentra en funcionamiento en la actualidad.

Recurso de apelación

Cabe recordar que el TSJC desestimó en enero de este año un recurso de apelación promovido por Eroski Sociedad Cooperativa, apoyándose en la carencia de estudio de detalle y proyecto de urbanización. Así, el Tribunal rechazó la argumentación de la empresa y del Ayuntamiento, alegando que el proyecto del centro comercial constaba de dos fases. «El convenio urbanístico no hace referencia alguna a la existencia de las dos fases de ejecución, las cuáles han sido creadas con la finalidad de soslayar la obligación de redactar un estudio de detalle y un proyecto de urbanización», señalaba en la sentencia. También dejaba claro que la licencia de obras para la estación de servicio «no fue precedida por ese estudio y ese proyecto de urbanización». El TSJC condenaba también a Eroski al pago de costas.

Esta desestimación de la apelación de Eroski vino a confirmar otra sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Santander, que falló en primera instancia a favor de la parte demandante, concretamente la Asociación de Empresarios de Estaciones de Servicio de Cantabria.

Al cierre de esta edición, los responsables del centro comercial prefirieron no hacer ningún comentario al respecto.

Extraído de: eldiariomontanes.es

El Supremo ratifica la sentencia de derribo de la gasolinera de Eroski