viernes. 19.04.2024

La Dirección General de Administración Local ha rechazado en un comunicado las acusaciones de obstrucción” del buen funcionamiento del Ayuntamiento de Castro Urdiales, efectuadas por el alcalde Fernando Muguruza, ya que el Gobierno de Cantabria tiene la obligación de cumplir escrupulosamente con el procedimiento de provisión de puestos de trabajo reservados a Funcionarios con Habilitación de carácter Nacional, fundamentales para garantizar el cumplimiento de la legalidad en el seno de todas las corporaciones locales.

Frente a las acusaciones de no colaborar, el Ejecutivo recuerda que, en los últimos cuatro meses, la Dirección General de Administración Local ha autorizado, a propuesta de alcalde de Castro Urdiales, tres nombramientos accidentales y una comisión circunstancial, con objeto de cubrir el puesto de secretario municipal, garantizando así el funcionamiento normal del Ayuntamiento.

Añade el comunicado que dada la gran importancia de las funciones que desempeñan los secretarios para el cumplimiento estricto de la Ley en los ayuntamientos, las Direcciones Generales de Administración Local, tanto del Ministerio de Administraciones Públicas, como del Gobierno de Cantabria, están obligadas por Ley a participar y controlar, a través de resoluciones o informes preceptivos, la provisión de este tipo de puestos reservados a Funcionarios de Habilitación Nacional.

Administración Local afirma que Fernando Muguruza, en su calidad de alcalde del Ayuntamiento de Castro Urdiales y ostentando, por tanto, la Jefatura Superior de todo el personal de ese Ayuntamiento, parece desconocer con sus afirmaciones el específico y especial Régimen Jurídico al que se somete la provisión de este tipo de puestos. Es preciso recordar que la sustitución accidental de un habilitado nacional, decretada unilateralmente por un alcalde en otro funcionario municipal que no cumpla esta condición, debe sujetarse escrupulosamente a los trámites exigidos por la Ley.

Tal y como hace la Dirección General de Administración Local, el procedimiento administrativo ha de ser respetado escrupulosamente, al margen de intereses personales, salvaguardando la defensa de las funciones públicas reservadas a este tipo de funcionarios de la Administración Local. Las funciones de las secretarías son la Fe Pública y el asesoramiento legal preceptivo como garantía de independencia, respeto a la función pública local y cumplimiento de la legalidad en el seno de todas las corporaciones municipales.

En este sentido, la Dirección General de Administración Local declara que, a pesar de que su titular, Juan José Sota, sea acusado de “no colaboracionismo” con las pretensiones del alcalde de Castro Urdiales, es preciso recordar que la excepción que suponen los nombramientos accidentales exige el tramite imprescindible del conocimiento previo de la inexistencia en todo el Estado de un habilitado que quiera cubrir ese puesto.

Para esta acreditación previa, el Gobierno de Cantabria cuenta con la colaboración del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local de Cantabria. De hecho, en estos momentos y hasta el 23 de noviembre de 2006, está expuesto públicamente el anuncio en el citado Colegio Oficial para cualquier habilitado de carácter nacional lo conozca y pueda solicitar cubrir el puesto. Esta excepcionalidad se ha producido en el Ayuntamiento de Castro Urdiales en los últimos meses en cuatro ocasiones, a propuesta de sendos decretos de la Alcaldía y siguiendo escrupulosamente los trámites explicados.

Cuatro autorizaciones

En concreto, a fecha de 2 de mayo de 2006, a propuesta de un Decreto de la Alcaldía 602/06 de 27 de abril de 2006, Administración Local autorizó el nombramiento un secretario del Ayuntamiento de Castro por cese del vicesecretario anterior.
Posteriormente, a fecha de 17 de mayo de 2006 se autoriza al citado secretario a seguir ejerciendo en nombramiento accidental. Además, se nombra provisionalmente, con resolución de la misma fecha, al Vicesecretario. Se produce por un escrito firmado por el Alcalde del municipio de Castro Urdiales, sin fecha, y con registro de entrada en la Dirección General de Administración Local número 1.801 del día 17 de mayo de 2006.
Más tarde, a propuesta del alcalde, con fecha de 5 de septiembre de 2006, se autoriza un nombramiento accidental para la sustitución del tesorero.
Finalmente, la Dirección General de Administración Local autoriza la comisión circunstancial para las tareas de secretario en el pleno del día 9 de noviembre, en el que se aprobaban las Tasas y Precios Públicos municipales para 2007. El Decreto de Alcaldía está fechado en el mismo día de la autorización, siendo Decreto del 1647/2006 de 8 de noviembre de 2006.


Extraído de: castrodigital.com

El Gobierno de Cantabria rechaza las acusaciones de obstruccionismo del alcalde