jueves. 28.03.2024

La Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, establece entre sus puntos la prohibición de recolectar y dañar los animales silvestres (como los caracoles), así como la posesión, transporte y comercio de ejemplares. 

Pese a que las ordenanzas municipales de Castro Urdiales no contemplan ningún artículo específico sobre la recogida y comercio de caracoles, sí podría aplicarse la ley estatal y por tanto, se podría multar a quien recoja más cantidad de la permitida o comercie con caracoles al margen de la legalidad. 




A modo informativo, el máximo de caracoles que la ley permite recoger es un kilo por persona y día, siempre en terrenos públicos (lindes de los caminos, etc), nunca accediendo a fincas privadas.  Para evitar problemas, lo mejor es no excederse de los límites de recogida y nunca, nunca, comerciar con ellos.

 También se recomienda que bares y restaurantes se abstengan de adquirir estos productos a particulares sin licencia, dado que también podrían ser multados y tener graves problemas de una intoxicación por vender un producto sin los controles sanitarios pertinentes.



¿Es legal coger caracoles?